¿Qué pasa si no acudes a un citatorio de la PROFEDET?

¿Qué pasa si no acudes a un citatorio de la PROFEDET?

El pasado doce de marzo del presenta año, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la aplicación de medidas de apremio contempladas en el artículo 530 Bis de la Ley Federal del Trabajo.

Ya en la pasada reforma del 2012, el artículo 530 Bis facultaba a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a imponer medidas de apremio, sin embargo, es hasta hoy, que emite los lineamientos para aplicarlas.

¿En qué me afecta como patrón no acudir a un citatorio?

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, su misión es proteger los derechos de los trabajadores ante autoridades laborales mediante servicios de asesoría, conciliación y representación legal.

Cuando un trabajador solicita asesoría de la PROFEDET, ésta cita al patrón a comparecer ante la misma para la celebración de juntas de avenimiento o conciliatorias con motivo de un posible conflicto de carácter laboral y con la finalidad de evitar juicios ante la autoridad correspondiente.

El no acudir a un citatorio de la PROFEDET, podrá originar la imposición de una multa equivalente de hasta cien veces la unidad de medida y actualización, es decir, hasta $8,060.00 pesos, tomando en cuenta factores como los antecedentes que se tengan, la capacidad económica y la reincidencia, para tal efecto la Procuraduría remitirá a la autoridad fiscal competente la determinación de la medida de apremio a fin de que ésta proceda a hacer efectiva la multa impuesta.

 

¿Qué sucede si decides no acudir al citatorio?

Los conciliadores que te atienden sólo pueden instar a las partes a llegar a un arreglo proponiendo soluciones de manera imparcial para solucionar el conflicto, atendiendo a los planteamientos y razonamientos que expongan ambas partes, por lo que no pueden intervenir en favor de una o de otra.

No obstante, es importante cuidar lo manifestado en esas reuniones, ya que se levantará un acta circunstanciada de lo ahí ocurrido, de no llegar a un arreglo, el trabajador podrá continuar con un proceso de demanda contra el patrón, ya sea con apoyo de la Procuraduría o con el de un abogado particular, lo que generará más gastos en la tramitación y atención de un juicio.

Sin duda, llegar a un arreglo conciliatorio y evitar un juicio es una solución ágil y segura siempre y cuando se realice para ello un convenio ante la autoridad correspondiente, sin embargo, sugerimos que antes de acudir a un citatorio de conciliación te asesores, o bien, que éste sea atendido a través de un abogado especialista en materia laboral para obtener mejores resultados.

Recuerda que es muy importante contar siempre con la documentación laboral correcta y completa con tus trabajadores, para que, en caso de una controversia siempre cuentes con la manera correcta de defenderte.

Laboral Pyme te asesora con este y más temas referentes a posibles conflictos con tus trabajadores, ¡contáctanos!

Sana decisión, es la prevención.

 

 

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