CONTRATOS LABORALES

CONTRATOS LABORALES

Demostrar las condiciones de trabajo pactadas (salario, horario, prestaciones, etc.), además de cumplir con la obligación que establece la Ley Federal del Trabajo, entre otras, son las ventajas de contar con un contrato de trabajo para documentar una relación laboral.

Es importante mencionar que no contar con él, no exime de las prestaciones que por Ley le corresponden a un trabajador, por lo que incluso, un trabajador que no tiene contrato de trabajo, podría exigir en una demanda laboral, prestaciones superiores a las que tenía, lo que traería como consecuencia que se obligue al patrón a respetarlas, pues es éste último quien tiene la carga probatoria sobre las prestaciones pactadas.

Gracias a la última reforma a la Ley Federal del Trabajo, se cuenta con modalidades como la de capacitación inicial y la de prueba, sin embargo, utilizarlas requiere ciertos requisitos y condiciones, por lo que se debe ser cuidadoso al contratar con dichas modalidades.

Por esto y más, es necesario que el contrato de trabajo sea diseñado, específicamente para el tipo de empresa y actividades que deberá llevar a cabo el empleado.

Si requieres contratar trabajadores, analizaremos que contrato de trabajo es idóneo para las necesidades de tu empresa, elaborándolo de tal manera que cumpla con todos los requisitos legales.

temporalidad de los contratos:

Tiempo Determinado y Obra Determinada

Sólo por excepción se deberán celebrar los denominados para obra determinada o por tiempo determinado, sin embargo es importante hacer notar que al celebrar estos, se debe tener mucho cuidado por lo específicos que deben ser en su contenido.

Tiempo Indeterminado

Estos contratos no cuentan con un tiempo determinado, es decir, son indefinidos, pero pueden acompañarse de periodos de prueba o capacitación inicial.

Periodos Sujetos a Prueba y Capacitacion Inicial

Los contratos por obra o tiempo determinado con una duración mayor a ciento ochenta días, o en los de tiempo indeterminado, se establece una nueva modalidad relativa a la capacitación inicial o a un período de prueba.

«…Para establecer la duración de los mismos, se debe atender a las funciones que llevarán a cabo los trabajadores…»

Otro de los puntos a observar es su terminación, pues debido a la falta de claridad que se establece en la Ley sobre este tema y aunado a la poca jurisprudencia por su reciente creación, resulta riesgoso llevarla a cabo sin tomar debidas precauciones.

Temporada, Jornada Discontinua

Contratar trabajadores para la temporada navideña de ventas, un camarero para la temporada vacacional o incluso a un mesero que solo trabaje unos dias a la semana, se encuentra previsto en la Ley Federal del Trabajo, estableciendo que  cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, mes o el año se permitirá dicha contratación, por lo que se debe diseñar un contrato que así lo contemple.

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