Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios, es decir:
Primer año: 6 días
Segundo año:8 días
Tercer año:10 días
Cuarto año: 12 días
La prima vacacional se calcula sobre el salario que corresponde a los días de vacaciones.
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Puede ser alguna cantidad para gasolina, alimentos, habitación o cualquier otra prestación que pueda cuantificarse en dinero.
*Vacaciones:
Primer año = 6 días
Segundo año = 8 días
Tercer año =10 días
Cuarto año = 12 días
Prima vacacional = 25%
Aguinaldo = 15 días de salario.